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Situación | 2. Propuestas
Propuestas
Objetivo Beijing
Muchos países, incluida España, han incorporado legislaciones de gran calado
para erradicar la violencia contra las mujeres. La implementación de estos
mecanismos está basada en las disposiciones emanadas del Plan de Acción de
Beijing sobre la violencia de género cuyos objetivos se resumen a continuación:
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Ratificar los instrumentos internacionales contra la violencia de género, en particular la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), así como desarrollar los marcos legales nacionales que prohíban la violencia contra las mujeres; que rechacen las costumbres, tradiciones o consideraciones religiosas para eludir las obligaciones con respecto al reconocimiento de dicha normativa.
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Promover la integración de la perspectiva de género en todas las políticas, planes y programas de acción para eliminar la violencia contra las mujeres, respaldando medidas destinadas a propiciar la comprensión de las causas, las consecuencias y los mecanismos de dicha violencia entre los responsables de la aplicación de esas políticas. Es crucial la participación de las organizaciones de mujeres en este proceso, particularmente en la prevención de la violencia así como comprometer activamente a los hombres y los niños en esta tarea.
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Asegurar el acceso a la justicia y a las instancias administrativas que den protección a las mujeres para denunciar la violencia de que son víctimas. Facilitar los cauces legales para dichas denuncias y asegurar la efectividad tanto de las penas de los infractores como de los mecanismos de protección para las mujeres, que incluyan ayudas económicas y apoyos a la reinserción social de las afectadas y sus hijos e hijas.
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Mejorar las investigaciones con perspectiva de género y la recolección de datos segregados por sexo para mejorar el conocimiento sobre la violencia contra las mujeres y sus particulares expresiones, en particular las relacionadas con las nuevas tecnologías (pornografía y acoso en Internet) y otras que puedan aparecer en el futuro. Incidir en las interrelaciones que este fenómeno tiene con otros factores como la edad, el origen étnico y la discapacidad, entre otros.
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Desarrollar programas encaminados a educar la conciencia de que los actos de violencia contra las mujeres constituyen delito y violan sus derechos humanos, y dotarles de financiación adecuada. Capacitar al personal judicial, médico, de servicios sociales, educacional, policial y de inmigración en relación con el contexto social de violencia contra las mujeres.
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Avanzar hacia la toma de conciencia acerca de la responsabilidad de los medios de comunicación de promover imágenes no estereotipadas de mujeres y hombres y de eliminar los patrones de conducta generadores de violencia que en ellos se presentan. Destacar la importante función de los medios de información de cara a informar y educar a la población acerca de las causas y los efectos de la violencia contra las mujeres.
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Adoptar medidas específicas para eliminar la violencia contra las mujeres especialmente vulnerables, como las jóvenes, las refugiadas, las desplazadas, las que sufren discapacidad y las trabajadoras migratorias, entre ellas medidas encaminadas a hacer cumplir la legislación vigente y apoyar mecanismos de compensación.
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Dar cumplimiento a los convenios internacionales relativos a la trata de personas, adoptando medidas apropiadas para abordar las causas fundamentales y los factores externos que promueven la trata de mujeres y niñas para fines de prostitución y otras formas de comercio sexual. Intensificar la cooperación y las medidas de las autoridades e instituciones pertinentes con miras a desmantelar las redes nacionales, regionales e internacionales de tráfico y comercio sexual.
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